Transformación digital de la Justicia.

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En el año 2002 se expidió la LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS.

Desde entonces, sus normas han venido aplicándose en muchas áreas dando así agilidad a los negocios y a la administración pública (por ejemplo el uso de la firma electrónica para la facturación, el contrato electrónico y telemático usado en los negocios vía Web, entre otros).

Actualmente, el Consejo de la Judicatura ha emprendido un cambio radical en la administración y gestión de los procesos.

Así, aplicando la normativa que determina la validez de la firma electrónica, dispuso la aceptación de la firma electrónica en la tramitación de los juicios.

Los abogados que representan a las partes dentro de un juicio, pueden – a través del E-Satje o de una ventanilla virtual – presentar sus requerimientos mediante un documento con firma electrónica – demandas, escritos, anexos digitales (desmaterializados, firmados  o certificados electrónicamente) -, facilitando la tramitación de los procesos y descongestionado la atención presencial destinada a esta actividad.

El siguiente paso necesario y esperado: la habilitación del expediente electrónico, que permitirá registrar las actuaciones judiciales y almacenar las peticiones y documentos que las partes pretendan utilizar en el proceso.